Regla General sobre la Annual Asylum Fee (AAF)

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Annual Asylum Fee (AAF) – Diferencias entre USCIS y EOIR

Regla General sobre la Annual Asylum Fee (AAF)

¿Quién debe pagar?

  • Toda persona que tenga pendiente una solicitud de asilo (Formulario I-589). Tener en cuenta si es asilo afirmativo o defensivo.

  • Dos grupos distintos:

    1. Casos presentados antes del 1 de octubre de 2024: deben pagar si su caso sigue pendiente el 30 de septiembre de 2025 (último día del Año Fiscal 2025).

    2. Casos presentados el 1 de octubre de 2024 o después: deben pagar en la fecha de su primer aniversario de presentación (365 días después de haber presentado), y cada año en esa misma fecha mientras el caso siga pendiente.

¿Cuándo se paga?

  • Casos antiguos (antes del 1 de octubre de 2024):

    • Primer pago: 30 de septiembre de 2025 si el caso sigue pendiente en esa fecha.

    • Después: cada 30 de septiembre de los siguientes años, mientras esté pendiente.

  • Casos nuevos (1 de octubre de 2024 en adelante):

    • Primer pago: en el aniversario de presentación (365 días después).

    • Después: cada aniversario anual de presentación, mientras esté pendiente.

⚠️ Importante: No hay pagos retroactivos por los años anteriores al 2025.

¿Cuánto se paga?

  • El monto inicial fijado por la ley es de $100 para el Año Fiscal 2025 (FY2025).

  • El Congreso puede ajustar el monto en los siguientes años fiscales.

  • USCIS enviará una notificación para realizar el pago; EOIR ya está activado para pagar (incluidos casos cerrados administrativamente). 
  • No hay waiver

Ejemplos Prácticos

Ejemplo 1 – Caso viejo, antes de FY2025

  • Presentado: 1 de enero de 2020.

  • Pendiente el 30 de septiembre de 2025: Sí.

  • Resultado: Debe pagar el AAF de FY2025 el 30 de septiembre de 2025.

  • Luego, cada 30 de septiembre hasta que se decida el caso.

  • ❌ No debe pagar por los años 2020–2024.

Ejemplo 2 – Caso nuevo después de FY2025

  • Presentado: 15 de noviembre de 2024.

  • Primer aniversario: 15 de noviembre de 2025.

  • Resultado: Primer pago el 15 de noviembre de 2025, y luego cada 15 de noviembre mientras esté pendiente.

Ejemplo 3 – Caso viejo pero aún pendiente

  • Presentado: 1 de junio de 2023.

  • Pendiente el 30 de septiembre de 2025: Sí.

  • Resultado: Debe pagar el 30 de septiembre de 2025.

  • Luego, cada 30 de septiembre mientras siga pendiente.

Ejemplo 4 – Caso presentado el 1 de octubre de 2024

  • Presentado: 1 de octubre de 2024 (primer día de FY2025).

  • Pendiente el 30 de septiembre de 2025: Sí.

  • Resultado: Debe pagar en FY2025 el 30 de septiembre de 2025.

  • Después, cada 30 de septiembre mientras el caso siga pendiente.

En Resumen

  1. Si presentaste antes del 1 de octubre de 2024 y tu caso sigue pendiente el 30 de septiembre de 2025 → debes pagar ese día y luego cada 30 de septiembre.

  2. Si presentaste el 1 de octubre de 2024 o después → debes pagar en tu primer aniversario de presentación y luego cada año en esa misma fecha.

  3. Nadie paga retroactivamente por años antes de FY2025.

1. Contexto General

La ley HR-1 establece que todo extranjero con una solicitud de asilo pendiente (Formulario I-589) debe pagar una cuota anual obligatoria (AAF) por cada año que su caso permanezca pendiente.
Esto aplica tanto para quienes presentaron su asilo de manera afirmativa ante USCIS como para quienes están en proceso defensivo en la corte de inmigración (EOIR).

El detalle está en quién administra el cobro y cómo se aplica según la autoridad que lleva el caso.

2. Casos en USCIS (Asilo Afirmativo)

  • Quiénes son: Personas que presentaron su Formulario I-589 directamente ante USCIS, antes de estar en corte.

  • Cuándo pagan:

    • Si la solicitud se presentó antes del 1 de octubre de 2024 y sigue pendiente al 30 de septiembre de 2025, debe pagarse la AAF para ese año fiscal.

    • Si se presentó el 1 de octubre de 2024 o después, el pago ocurre en el aniversario de la presentación (365 días después) y cada año mientras siga pendiente.

  • Cómo pagan:

    • USCIS todavía está definiendo los mecanismos administrativos de pago.

    • Se espera que habilite un sistema similar al que ya utiliza para tarifas federales, posiblemente por su portal de pagos.

🔎 Ejemplo práctico USCIS:

  • María presentó su asilo el 15 de junio de 2024.

  • Su caso sigue pendiente el 30 de septiembre de 2025.

  • → Debe pagar la AAF en FY2025 (para el 30 de septiembre de 2025).

3. Casos en EOIR (Asilo Defensivo – Corte de Inmigración)

  • Quiénes son: Personas que fueron puestas en proceso de deportación y que defienden su caso de asilo ante un juez de inmigración bajo la EOIR (Department of Justice).

  • Cuándo pagan:

    • También deben pagar la AAF según las mismas reglas (pendiente antes del 1 de octubre de 2024 → pago al 30 de septiembre de 2025; presentados después → pago en aniversario).

  • Cómo pagan:

    • Directamente en el portal de pagos de EOIR: https://epay.eoir.justice.gov/index.

    • USCIS aclaró que aunque recauda ciertas tarifas para EOIR, los procesos administrativos internos de EOIR quedan fuera de su control.

🔎 Ejemplo práctico EOIR:

  • Juan entró de manera irregular en 2022, fue puesto en corte en 2023 y solicitó asilo defensivo.

  • Su caso sigue pendiente el 30 de septiembre de 2025.

  • → Debe pagar la AAF directamente en la página de EOIR.

4. Diferencias Claves entre USCIS y EOIR

Aspecto USCIS (Afirmativo) EOIR (Defensivo – Corte)
Autoridad Departamento de Seguridad Nacional (DHS) Departamento de Justicia (DOJ)
Quién decide el caso Oficial de asilo de USCIS Juez de inmigración (EOIR)
Forma de pago USCIS habilitará instrucciones específicas Pago directo en portal EOIR
Inicio de obligación Según fecha de presentación del I-589 Según fecha de presentación del I-589
Particularidad USCIS aclara que no cobrará retroactivo antes de FY2025 EOIR aplica igual principio, pero cada tribunal confirmará

5. Conclusión

  • La obligación del pago es la misma bajo HR-1: aplica tanto a afirmativos como defensivos.

  • La diferencia está en la entidad que gestiona el caso y el sistema de pago:

    • USCIS para asilos afirmativos.

    • EOIR para asilos defensivos.

  • Todo solicitante debe verificar si su caso está con USCIS o en Corte (EOIR), porque de eso depende cómo y dónde hacer el pago.

No pagar la nueva tarifa de presentación de $100 del USCIS para una solicitud de asilo

Dará como resultado que la solicitud sea rechazada y devuelta.Si no se paga la nueva tarifa anual (AAF) de una solicitud pendiente, el caso puede considerarse abandonado y, por lo tanto, desestimarse. Ambas tarifas son obligatorias según la OBBBA y, por lo general, no se pueden eximir. Sin embargo, el USCIS proporcionará un aviso de pago de la tarifa anual para garantizar que los solicitantes tengan instrucciones claras sobre cómo y cuándo pagar.  

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