Los Perdones En Inmigración

Los Perdones En Inmigración

Por, Abogado Luis Victoria, Esq., Abogado Licenciado en los Estados Unidos

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre exenciones de inmigración

Una exención de no inmigrante difiere de una exención de inmigrante, de la misma manera que una visa de no inmigrante es diferente de una visa de inmigrante. Si un ciudadano extranjero está buscando ingresar a los Estados Unidos para vivir aquí permanentemente, como residente permanente con una “tarjeta verde”, entonces necesita una visa de inmigrante. Por lo tanto, si este extranjero se vuelve inadmisible, entonces requiere una exención de inmigrante.

Por otro lado, si un ciudadano extranjero busca ingresar a los Estados Unidos temporalmente, entonces significa que debe solicitar una visa de no inmigrante [a menos que esté exento de una visa: como los canadienses o VWP]. Si dicho no inmigrante tiene alguna inadmisibilidad, entonces requerirá una exención de no inmigrante. Incluso los extranjeros que están exentos de una visa (por ejemplo: canadienses) pueden requerir una exención de no inmigrante si surge alguna inadmisibilidad.

Capítulo 1

¿Qué es la inadmisibilidad?

  • Las personas que son inadmisibles no pueden por ley ingresar o permanecer en los Estados Unidos.
  • La Ley de inmigración y nacionalidad establece los motivos de inadmisibilidad.
  • Las categorías generales de inadmisibilidad incluyen:
    • Salud
    • actividad delictiva,
    • seguridad nacional
    • carga pública,
    • falta de certificación laboral (si es necesario),
    • fraude y tergiversación,
    • mudanzas previas,
    • presencia ilegal en los Estados Unidos, y
    • varias categorías misceláneas.
  • Por ciertos motivos de inadmisibilidad, puede ser posible que una persona obtenga una exención de esa inadmisibilidad.
  • En algunos casos, las excepciones están escritas en la ley y no se requiere ninguna renuncia para superar la inadmisibilidad porque la inadmisibilidad no se aplica si el individuo cumple con la excepción.
    • Los ejemplos incluyen excepciones para extranjeros que han sido:
      • maltratado, maltratado o
      • sometido a una crueldad extrema,
      • que sean víctimas de formas graves de trata, y
      • que son menores de edad

Inadmisibilidad por motivos de salud

  • Aquellos que tienen una enfermedad transmisible de importancia para la salud pública
  • Aquellos que buscan el estatus de inmigrante que no han recibido las vacunas necesarias contra las enfermedades prevenibles por vacunación
  • Aquellos que tienen o han tenido un trastorno físico o mental con un comportamiento dañino asociado
  • Aquellos que son drogadictos o adictos.

Inadmisibilidad por causas penales

  • Delitos que involucran “vileza moral”.
  • Violación de cualquier ley de sustancias controladas
  • Múltiples condenas penales
  • Narcotráfico
  • Prostitución
  • Vicio comercializado
  • Comisión de un delito grave en los Estados Unidos cuando una persona ha afirmado inmunidad de enjuiciamiento
  • Violaciones de la libertad religiosa
  • Trata de personas
  • Blanqueo de dinero

Inadmisibilidad por razones de seguridad nacional

  • Inadmisibilidad por probabilidad de convertirse en carga pública
  • Una carga pública es una persona que depende principalmente del gobierno para su subsistencia (totalidad de circunstancias: salud, estado familiar, edad, activos, historial de empleo y educación)

Inadmisibilidad por falta de certificación laboral: Inmigrantes

  • Inadmisibilidad debido a fraude o tergiversación: Cualquier persona que busque la admisión a los Estados Unidos, una visa u otro documento de viaje o entrada de inmigración, o cualquier beneficio de inmigración por fraude o tergiversación deliberada de un hecho material es inadmisible.

Inadmisibilidad por mudanzas previas y/o presencia ilícita:

  • Personas a las que se les prohíbe regresar a los Estados Unidos porque han estado en los Estados Unidos por un período superior a 180 días, durante una sola estadía, y luego salieron de los Estados Unidos.
  • Personas a las que se les prohíbe regresar a los Estados Unidos porque habían sido expulsadas (o excluidas o deportadas) de los Estados Unidos o habían salido de los Estados Unidos por su propia voluntad, mientras que una orden final de expulsión estaba pendiente.
  • Las personas que estuvieron ilegalmente en los Estados Unidos por un total de un año (ya sea acumulado durante una sola estadía o múltiples estadías) Y luego, ilegalmente (sin ser inspeccionados y admitidos o inspeccionados y en libertad condicional) volvieron a ingresar a los Estados Unidos.

Motivos varios de inadmisibilidad. Otros motivos de inadmisibilidad son los siguientes:

  1. Personas que ingresaron ilegalmente al país (sin ser inspeccionadas y admitidas o en libertad condicional)
  2. Personas que no asistieron a las audiencias de inmigración y / o deportación
  3. Contrabandistas
  4. Abusadores de visas de estudiante
  5. Ex ciudadanos estadounidenses que renunciaron a la ciudadanía para evitar impuestos
  6. Polígamos en ejercicio
  7. Votantes ilegales
  8. Secuestradores internacionales de niños y familiares de esos secuestradores

Capítulo 2

Si hay una exención disponible para mi(s) motivo(s) específico(s) de inadmisibilidad, ¿qué solicitud debo usar para aplicar?

Exenciones (waivers) para inmigrantes

  • I-601A, Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal 

Las personas con una petición de pariente inmediato aprobada que se encuentran en los Estados Unidos y creen que son o serán inadmisibles durante tres o diez años después de su partida porque acumularon más de 180 días de presencia ilegal en los Estados Unidos, pueden ser elegibles para una exención provisional de presencia ilegal. La exención provisional de presencia ilegal solo se aplica a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses que se encuentran en los Estados Unidos pero que buscan una visa de inmigrante a través del proceso consular en una embajada o consulado de los Estados Unidos en el extranjero. Los parientes inmediatos son cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses.

Si se otorga, la exención es provisional y no entra en vigencia hasta que el individuo abandona los Estados Unidos, se presente a su entrevista de visa de inmigrante y el oficial consular del Departamento de Estado determine que de lo contrario son admisibles en los Estados Unidos. La renuncia solo cubre un motivo de inadmisibilidad: la presencia ilegal. Una persona que puede estar sujeta a múltiples motivos de inadmisibilidad no será elegible para la exención provisional de presencia ilegal, pero aún puede solicitar una exención a través del Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, proceso de exención. Si la persona desea solicitar una exención provisional de presencia ilegal antes de salir de los Estados Unidos, el formulario que debe usar es el Formulario I-601A, Solicitud de exención provisional de presencia ilegal.

  • I-601, Solicitud de renuncia a los motivos de inadmisibilidad 

Si un individuo está buscando una exención de inadmisibilidad mientras está fuera de los Estados Unidos y en relación con una visa de inmigrante, o si el individuo está buscando un ajuste de estatus o un estado de protección temporal mientras está en los Estados Unidos, o si un individuo es un solicitante de una visa de no inmigrante K o V en el extranjero, el formulario que debe usar para superar ciertos motivos de inadmisibilidad es el Formulario I-601,  Recurso de renuncia a la inadmisibilidad. Preguntas frecuentes sobre quién puede presentar un Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad. Si está buscando un ajuste, TPS o una visa K o V, puede presentar el Formulario I-601 con su solicitud de un beneficio de inmigración o después de haber presentado su solicitud. Si está buscando una visa de inmigrante, solo puede presentar el Formulario I-601 después de ser entrevistado por un oficial consular del Departamento de Estado que lo encontró inadmisible en los Estados Unidos.

  • I-602, Solicitud de exención de motivos de exclusión por parte de un refugiado. 

Los solicitantes de la condición de refugiado que son inadmisibles en los Estados Unidos y los asilados o refugiados que buscan un ajuste de estatus pueden solicitar una exención de inadmisibilidad en el Formulario I-602, Solicitud de Refugiado para la Exención de Motivos de Exclusión.

  • I-212

La exención I-212 (bajo la Sección 212 (a) (9) (C) (ii) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad) permite a los ciudadanos extranjeros solicitar la readmisión anticipada en los Estados Unidos después de haber sido expulsados previamente y antes de que hayan cumplido con su período legal de estadía fuera de los Estados Unidos.

¿Qué es el artículo 237 de la Ley?

Introducción. La Sección 237 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) contiene motivos por los cuales un extranjero que se encuentra en los Estados Unidos después de haber sido admitido o de haber tenido su estatus ajustado al de residente permanente legal puede ser removido.

En general, las disposiciones sobre deportabilidad abarcan a los extranjeros que plantean graves amenazas a la seguridad de los Estados Unidos y a quienes han cometido delitos atroces específicos en el extranjero. Como señalamos, varias disposiciones de la sección 237 someten a los extranjeros a detención obligatoria, y esas disposiciones y otras pueden prohibir a los extranjeros el alivio de la deportación y / o futuros beneficios de inmigración en los Estados Unidos.

Las personas que fueron admitidas injustamente en los Estados Unidos debido a una tergiversación, es decir, aquellas que de hecho eran inadmisibles en el momento de la admisión, pueden ser elegibles para una exención de deportabilidad bajo INA § 237 (a) (1) (H).1 Esta exención menos conocida solo está disponible en procedimientos de deportación y, a diferencia de la mayoría de las solicitudes de exención, no implica ningún formulario de solicitud o tarifa. Para calificar, una persona debe ser acusada en los procedimientos de deportación bajo el párrafo 237 (a) (1) por ser inadmisible en el momento de la admisión debido a fraude, no tener ningún otro problema de inadmisibilidad o deportabilidad aparte de los derivados del fraude, y tener ciertos miembros de la familia calificados (a menos que sean un auto-peticionario de VAWA).

  • INA 212(C)

212(c) y Cancelación de Remoción son formas muy similares de alivio de la remoción o deportación  de los Estados Unidos. Ambos son como un indulto o exención y permiten que la persona a la que se le otorga la exención permanezca en los Estados Unidos como residente permanente legal. En otras palabras, si gana, conserva su tarjeta verde.

  • Cancelación de la Deportación: EOIR-42B (NPR)/42A  (LPR)

La cancelación de la deportación es un beneficio de inmigración por el cual los residentes permanentes y los residentes no permanentes pueden solicitar a un juez de inmigración que ajuste su estatus de extranjero deportable a uno admitido legalmente para la residencia permanente, siempre que se cumplan ciertas condiciones.  Los requisitos de elegibilidad difieren entre los extranjeros que son residentes permanentes legales y aquellos que son residentes no permanentes. Para ser elegible para la cancelación de la deportación, un residente permanente debe demostrar que él / ella (1) ha sido un residente permanente legal durante al menos cinco años, (2) ha residido continuamente en los Estados Unidos durante al menos siete años y (3) no ha sido condenado por un delito grave agravado. Los residentes no permanentes deben establecer que él / ella (1) ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante un período continuo de 10 años (2) ha sido de buen carácter moral durante el período de 10 años, (3) no ha sido condenado por delitos penales seleccionados y (4) que la remoción resultaría en dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para los ciudadanos estadounidenses o miembros de la familia residentes permanentes legales.  El juez de inmigración tiene discreción para otorgar o denegar solicitudes de cancelación o expulsión. Al determinar si la cancelación está justificada, el juez puede considerar la duración de la residencia en los Estados Unidos, los lazos familiares y comunitarios en los Estados Unidos y el trabajo de servicio comunitario, entre otras cosas.   

Como se mencionó anteriormente, fo cancelación de la expulsión de un residente no permanente, el demandado debe demostrar que se cumplen los siguientes requisitos. Primero, él / él ha estado residiendo continuamente en los Estados Unidos durante los últimos diez años. En segundo lugar, el encuestado ha tenido un buen carácter moral durante los últimos diez años. En tercer lugar, no ha sido condenado por ciertos delitos. Finalmente, la remoción (deportación) resultaría en “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” para el cónyuge, padre o hijo del demandado, que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal. El requisito de “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” es un estándar difícil de cumplir. La cancelación de la deportación para residentes permanentes legales es una de las formas más comunes de alivio de la deportación para las personas con tarjetas verdes. Se aplican los siguientes requisitos: 1) cinco años de residencia permanente (con una tarjeta verde), 2) siete años de residencia continua, 3) ninguna condena por delito grave agravado. (Para las personas que han sido condenadas por un delito grave agravado, INA 212 (c) puede estar disponible si el delito se cometió antes del 24 de abril de 1996). 

Exenciones (waivers) de no inmigrante

Los solicitantes de visas de no inmigrante deben consultar con la Embajada o consulado de los Estados Unidos donde se están procesando sus visas de no inmigrante sobre las exenciones de inadmisibilidad que les permitirán ser admitidos temporalmente en los Estados Unidos como no inmigrantes.

  • I-192, Solicitud de permiso anticipado para ingresar como no inmigrante 

Las personas que buscan ser admitidas en los Estados Unidos en el estado de visa de no inmigrante T y U pueden solicitar una exención de inadmisibilidad en el Formulario I-192, Solicitud de permiso anticipado para ingresar como no inmigrante.

La exención es generalmente una forma de perdón dada por las autoridades de inmigración de los Estados Unidos a personas que son “inadmisibles” bajo la ley. Las personas que han cometido ciertos actos criminales, contraído ciertas enfermedades transmisibles, cometido ciertos tipos de delitos internacionales o de otra manera tienen tipos específicos de eventos en su pasado pueden considerarse “inadmisibles” y se les prohíbe ingresar a los Estados Unidos.

Debe tener documentos de entrada válidos en los Estados Unidos, estar buscando el estatus T o U, o ser ciudadano canadiense de pleno derecho para poder usar el Formulario I-192. Esto normalmente significa que ya debe tener una visa estadounidense válida en su pasaporte o presentar pruebas convincentes que satisfaga bajo las otras calificaciones.

Utilice este formulario si desea solicitar permiso por adelantado para ingresar temporalmente a los Estados Unidos y usted es:

  • No inmigrante inadmisible y ya tener los documentos apropiados; o
  • Solicitante del estatus de no inmigrante T o U.

Si está buscando admisión bajo el Programa de Exención de Visa (VWP) bajo la sección 217 de INA, no puede presentar este formulario. En su lugar, debe solicitar una visa de no inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos para obtener autorización para viajar. Debe comunicarse con la Embajada o Consulado de los Estados Unidos correspondiente si tiene alguna pregunta sobre su admisibilidad bajo el VWP.

I-192 puede renunciar a lo siguiente:

  • Inadmisible por razones de política exterior o seguridad nacional
  • Inadmisible por motivos de inadmisibilidad relacionados con la salud
  • Inadmisible debido a condenas penales y motivos relacionados

Exención para visas revocadas (ejemplo: B1/B2 turista):

Solicitud de una visa de no inmigrante (Hranka) Los solicitantes de visas de no inmigrante tienen una ruta procesal separada para solicitar una exención de varios motivos de inadmisibilidad. 

Para los ciudadanos extranjeros que buscan venir a los Estados Unidos, incluso para una visita temporal con una visa de no inmigrante, las leyes de inmigración de los Estados Unidos pueden plantear algunas barreras serias para la entrada. En particular, los llamados “motivos de inadmisibilidad” prohíben que muchas personas ingresen a los Estados Unidos debido a sus antecedentes penales, antecedentes de enfermedad u otros factores negativos.

¿Qué es la exención de Hranka?

La Sección 212 (d) (3) de la Ley de Inmigración y Naturalización, también conocida como la “I.N.A.”, establece en parte que una persona que busca ingresar a los Estados Unidos como no inmigrante pero no es elegible para una visa de no inmigrante o es inadmisible aún puede ser admitida en los Estados Unidos a discreción de las autoridades de inmigración de los Estados Unidos. En otras palabras, esta sección de la ley permite a la inmigración de los Estados Unidos renunciar a los motivos de inadmisibilidad.

La Sección 212 (d) (3) se conoce como la exención de Hranka debido a un caso de la corte de inmigración, Matter of Hranka. Este caso describe los tres factores legales que deben ser sopesados por las autoridades de inmigración al decidir si otorgar la exención:

  1. el riesgo de daño a la sociedad si un solicitante de exención es admitido en los Estados Unidos.
  2. la gravedad de las violaciones penales o de inmigración anteriores de un solicitante, si las hubiera, y
  3. la naturaleza de la razón del solicitante para desear ingresar a los Estados Unidos.

¿Cómo solicitar la exención de Hranka?

Los solicitantes que deseen solicitar una exención de Hranka tienen dos rutas posibles. Un solicitante que aún no ha recibido una visa puede solicitar directamente una exención de Hranka a los funcionarios consulares en el momento de solicitar una visa en una oficina consular de los Estados Unidos. Un solicitante que ya tiene una visa válida pero es inadmisible en los Estados Unidos puede solicitar la exención en un puerto de entrada de los Estados Unidos utilizando el Formulario I-192, Solicitud de permiso anticipado para ingresar como no inmigrante.

Para cualquiera de los procesos, un solicitante debe establecer que satisface positivamente los tres factores de Matter of Hranka. Primero, un solicitante debe demostrar que él o ella no representa un riesgo de daño a la sociedad estadounidense. En segundo lugar, un solicitante debe probar que cualquier violación criminal o de inmigración anterior no es de naturaleza grave. Por último, un solicitante debe establecer alguna razón válida para desear ingresar a los Estados Unidos que no sea contraria a los motivos de inadmisibilidad restantes discutidos anteriormente. Además, debido a que las exenciones de Hranka están disponibles solo para visas de no inmigrante a los Estados Unidos, cualquier solicitante de exención de Hranka debe demostrar concretamente que tiene la intención de abandonar los Estados Unidos después de que su estado migratorio llegue a su fin.

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