Preguntas frecuentes sobre los procesos de libertad condicional por reunificación familiar

P1. ¿Cómo decidirá USCIS quién está invitado a participar en los procesos de libertad condicional por reunificación familiar?

(1) Basaran su decisión en múltiples factores discrecionales, incluida la cantidad de solicitudes que pueden procesar de manera eficiente y (2) cuánto tiempo puede tener que esperar un beneficiario antes de que una visa de inmigrante esté disponible para ellos. Las invitaciones se enviarán a los peticionarios de forma continua.

P2. ¿Quién es elegible para ser considerado para la libertad condicional bajo los procesos de libertad condicional por reunificación familiar?

Para ser elegible para el proceso de libertad condicional por reunificación familiar:

(1) Debe ser el beneficiario principal de un Formulario I-130 aprobado, Petición de familiar extranjero;
(2) Debe ser nacional de Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras o familiar directo de un nacional de uno de estos países; y
(3) Su peticionario del Formulario I-130 debe haber recibido una invitación para participar en estos procesos.


P3. ¿Cuánto dura el período de libertad condicional bajo los procesos de libertad condicional por reunificación familiar?

Los no ciudadanos a los que se les conceda libertad condicional bajo estos procesos generalmente obtendrán libertad condicional para ingresar a los Estados Unidos por un período de hasta 3 años, si cumplen con los requisitos médicos y de investigación.

P4. ¿Cómo se emiten las invitaciones?

El Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado enviará invitaciones por correo electrónico a los peticionarios a su dirección de correo electrónico registrada para el Formulario I-130 aprobado. Si no hay una dirección de correo electrónico registrada, el NVC enviará la invitación por correo a la dirección postal registrada del peticionario. Si es un peticionario, asegúrese de que el NVC tenga su información de contacto y dirección postal actuales.

P.5 Si ya estoy en Estados Unidos, ¿puedo ser beneficiario bajo estos procesos?

No. Para ser elegible bajo un proceso de libertad condicional por reunificación familiar, el beneficiario debe estar fuera de los Estados Unidos.

P6. ¿Puedo ser beneficiario bajo estos procesos si resido fuera de mi país de ciudadanía (Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras)?

Si, un beneficiario no es elegible para este proceso si se encuentra en los Estados Unidos, pero no es necesario que resida en su país de ciudadanía para ser considerado para la libertad condicional bajo la libertad condicional por reunificación familiar. Los familiares inmediatos (beneficiarios derivados y beneficiarios derivados complementarios) del beneficiario principal pueden ser considerados para libertad condicional bajo estos procesos incluso si no son nacionales de Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras, como siempre que el beneficiario principal sea nacional de uno de esos países.

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