⚖️ ¿SE PUEDE AJUSTAR EL ESTATUS EN LA CORTE DE INMIGRACIÓN?

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Sí, pero con precaución: lo que debes saber antes de intentarlo

Muchos inmigrantes se preguntan si es posible ajustar su estatus ante la Corte de Inmigración (EOIR) después de recibir una negación de su caso en USCIS.
La respuesta es , existen casos en los que se puede ajustar el estatus estando en corte, pero este proceso conlleva mayores riesgos, costos y exigencias legales.

A continuación, te explicamos los escenarios más comunes, los riesgos que debes evitar y por qué es esencial contar con representación legal profesional.

🧾 ¿CUÁNDO LLEGA UN CASO A LA CORTE DE INMIGRACIÓN?

Normalmente, un caso llega a la corte cuando USCIS niega una solicitud de ajuste de estatus (Form I-485) y el solicitante no tiene otro estatus legal vigente.
En ese momento, el USCIS puede emitir una Notificación de Comparecencia (NTA – Notice to Appear), lo que inicia un proceso de deportación formal.

Este escenario es más común de lo que muchos creen, especialmente cuando las personas presentan su ajuste sin asesoría profesional.⚖️ ¿SE PUEDE AJUSTAR EL ESTATUS EN CORTE?

Sí. En la Corte de Inmigración, el juez puede autorizar un ajuste de estatus bajo ciertas condiciones.
Algunos ejemplos son:

  1. Petición familiar aprobada (I-130)

    • Si un ciudadano estadounidense o residente permanente hizo una petición válida y está aprobada, el juez puede permitir el ajuste en corte.

  2. Visa de empleo (EB-2 o EB-3) con I-140 aprobada

    • En algunos casos excepcionales, el juez puede autorizar el ajuste si el solicitante cumple con todos los requisitos de elegibilidad.

  3. Asilo pendiente o aprobado

    • Si una persona tiene un asilo afirmativo pendiente y USCIS transfiere el caso a la corte, el juez puede considerar la solicitud como asilo defensivo y, dependiendo del resultado, abrir la posibilidad futura de ajuste.

  4. VAWA o Visa U/T aprobadas

    • Si la persona es beneficiaria de un proceso humanitario, el juez puede conceder el ajuste directamente.

💸 COSTOS MÁS ALTOS Y RESTRICCIONES ESTRICTAS

Uno de los mayores errores es pensar que el proceso en corte es igual al de USCIS.
En realidad:

  • El costo de las tarifas federales aumenta.
    El ajuste de estatus ante la corte requiere presentar formularios adicionales, traducciones y en algunos casos, honorarios judiciales más altos.

  • El juez no siempre permite cerrar el caso.
    En muchos tribunales, los jueces se niegan a cerrar o aplazar audiencias si el caso no está completo o si no hay una estrategia sólida.

  • El proceso es más riguroso.
    A diferencia de USCIS, donde el caso se revisa administrativamente, en la corte se trata como un procedimiento legal adversarial:
    el gobierno (representado por ICE) puede oponerse activamente a tu ajuste.

⚠️ RIESGOS DE NO CONTAR CON ASESORÍA LEGAL

Ajustar el estatus en corte sin abogado puede ser uno de los errores más costosos en inmigración.

Los principales riesgos son:

  • Ser deportado por error o falta de evidencia.
    Muchos solicitantes no presentan los documentos necesarios o no cumplen con los requisitos del INA §245(a) o (k).

  • Perder el derecho al ajuste para siempre.
    Una negación en corte puede cerrar la puerta a futuros beneficios migratorios.

  • Pagar más por corregir el error.
    Los honorarios y costos judiciales aumentan significativamente si el caso debe reabrirse o apelarse.

👩‍⚖️ EJEMPLOS PRÁCTICOS

  1. Caso familiar aprobado pero negado por error técnico
    Una solicitante con I-130 aprobada presentó su ajuste sin incluir el examen médico actualizado. USCIS negó el caso y emitió una NTA.
    En corte, el juez permitió el ajuste al presentar la evidencia faltante con representación legal.

  2. Asilo pendiente con solicitud EB-2 NIW denegada
    Un profesional con asilo afirmativo presentó una petición EB-2 NIW sin contar con TPS o entrada legal. Al ser negado, USCIS emitió una NTA.
    El caso pasó a corte, donde ahora debe probar elegibilidad bajo otra base legal o continuar con el asilo defensivo.

💡 RECOMENDACIÓN FINAL

Evita llegar a la corte por una negación.
La mejor estrategia es prevenir, no remediar.

Antes de presentar tu ajuste de estatus ante USCIS:

  • Asesórate con un abogado especializado.

  • Asegúrate de tener todos los requisitos completos.

Si ya estás en corte, no intentes representarte solo. El proceso es técnico, complejo y puede tener consecuencias permanentes.

📍 CONCLUSIÓN

Sí, se puede ajustar el estatus en corte, pero es un proceso más estricto, costoso y riesgoso que hacerlo directamente ante USCIS.
En la mayoría de los casos, es mejor evitar llegar a esa instancia.

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⚖️ Este artículo tiene fines informativos y publicitarios. No constituye asesoría legal individualizada.

Fuentes:

  • Immigration and Nationality Act (INA §245, §240)

  • USCIS Policy Manual, Volumen 7, Parte A

  • EOIR Practice Manual

  • 8 CFR §§1245.2, 1240.11

  • Casos prácticos y experiencia profesional de The Law Office of Luis Victoria, P.A.

 
 
 

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