Validez del Matrimonio en Inmigración de los Estados Unidos

Validez de los matrimonios en los Estados Unidos o en el extranjero

Validez del matrimonio para fines de inmigración

El solicitante debe demostrar la validez de su matrimonio. En general, la validez legal de un matrimonio está determinada por la ley del lugar donde se celebró el matrimonio (“regla del lugar de celebración”). Según esta regla, un matrimonio es válido a efectos de inmigración en los casos en que el matrimonio sea válido según la ley de la jurisdicción en la que se celebra.

En todos los casos, la carga de establecer que tiene un matrimonio válido con su cónyuge ciudadano estadounidense durante el período de tiempo requerido recae en el solicitante. En la mayoría de los casos, un certificado de matrimonio es evidencia prima facie de que el matrimonio se celebró adecuada y legalmente.

USCIS no reconoce las siguientes relaciones como matrimonios, incluso si son válidas en el lugar de celebración:

  • Matrimonios polígamos;

  • Ciertos matrimonios que violen la fuerte política pública del estado de residencia de la pareja;

  • Las uniones civiles, las parejas de hecho u otras relaciones similares no reconocidas como matrimonios en el lugar de celebración; 

  • Relaciones en las que una de las partes no está presente durante la ceremonia matrimonial (matrimonios por poder) a menos que el matrimonio haya sido consumado; o

  • Relaciones entabladas con el fin de evadir las leyes de inmigración de los Estados Unidos. 

Validez del matrimonio entre dos personas del mismo sexo

De acuerdo con la decisión de la Corte Suprema, USCIS determina la validez de un matrimonio entre personas del mismo sexo mediante la regla del lugar de celebración, así como USCIS aplica esta regla para determinar la validez de un matrimonio entre personas del sexo opuesto. 

Por lo tanto, en casos de matrimonio entre personas del mismo sexo, los funcionarios revisarán las leyes de la jurisdicción en la que tuvo lugar el matrimonio para determinar si la jurisdicción reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo y si, por lo demás, el matrimonio es legalmente válido.

Dado que la regla del lugar de celebración rige los matrimonios entre personas del mismo sexo exactamente de la misma manera que rige los matrimonios entre personas del sexo opuesto, a menos que el matrimonio sea polígamo o de otro modo caiga dentro de una excepción a la regla del lugar de celebración como se analizó anteriormente, la La validez legal de un matrimonio entre personas del mismo sexo está determinada exclusivamente por la ley de la jurisdicción donde se celebró el matrimonio.

Si la pareja del mismo sexo ahora reside en una jurisdicción diferente a aquella en la que celebraron su matrimonio, y esa jurisdicción no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo, el funcionario consultará la ley del estado donde se celebró el matrimonio para para determinar la validez del matrimonio. Las leyes y políticas del estado de domicilio sobre matrimonios entre personas del mismo sexo no afectarán el hecho de que USCIS reconozca un matrimonio como válido.

Validez del matrimonio en casos que involucran a personas transgénero

USCIS acepta la validez de un matrimonio en casos que involucran a personas transgénero si la jurisdicción estatal o local en la que tuvo lugar el matrimonio lo reconoce como un matrimonio válido, sujeto a las excepciones descritas anteriormente (como la poligamia).

Matrimonio de hecho

El concepto de matrimonio de hecho presupone una intención honesta y de buena fe por parte de dos personas, libres para casarse y para vivir juntos como marido y mujer desde el inicio de la relación. Algunos estados reconocen los matrimonios de hecho y consideran que las partes están casadas. Para que un matrimonio de hecho sea válido a efectos de inmigración:

  • Las partes deben vivir en esa jurisdicción; y​

  • Las partes deben cumplir con los requisitos para el matrimonio de hecho para esa jurisdicción.

Otros estados pueden reconocer un matrimonio de hecho contraído en otro estado incluso si el estado que lo reconoce no acepta el matrimonio de hecho como un medio para que sus propios residentes contraigan matrimonio.

USCIS reconoce los matrimonios de hecho para fines de naturalización si el matrimonio fue válido y reconocido por el estado en el que se estableció el matrimonio. Esto se aplica incluso si la solicitud de naturalización se presenta en una jurisdicción que no reconoce o nunca ha reconocido el principio del matrimonio de hecho.

El funcionario debe revisar las leyes de la jurisdicción pertinente sobre matrimonios de hecho para determinar si el solicitante y su cónyuge deben considerarse casados ​​a los efectos de la naturalización y cuándo comenzó el matrimonio.

 

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